Entidad de ONU considera arbitraria la detención del rapero Maykel Osorbo y demanda su inmediata liberación al Gobierno cubano

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Maykel Osorbo (IMAGEN Facebook / Maykel Osorbo 349)
Maykel Osorbo (IMAGEN Facebook / Maykel Osorbo 349)

El rapero independiente y activista político Maykel Osorbo Castillo permanece encarcelado arbitrariamente en una prisión cubana desde el 18 de mayo de 2021, según determinó el órgano correspondiente de Naciones Unidas (ONU), mientras allegados suyos aseguran que su estado de salud es preocupante.

Tras la denuncia en 2021 de siete organizaciones no gubernamentales –a saber, Prisoners Defenders, PEN International, PEN America, CADAL, Freedom House, Freemuse y Artists at Risk Connetion–, y una vez sopesada la información provista por el Gobierno de La Habana, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU emitió la “Opinión núm. 63/2021” en que consideró “arbitraria” la detención de Maykel Osorbo, uno de los intérpretes del tema “Patria y Vida” que ganó dos Latin Grammys (incluido el de Mejor Canción del Año) en noviembre último.

De acuerdo con el documento, remitido a Javier Larrondo, presidente de Prisoners Defenders, la tipificación de los delitos por los cuales habría sido detenido el rapero –“atentado, desacato y evasión de presos y detenidos relacionados con hechos de desobediencia, agresión y ofensas a los oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria”– es “excesivamente vaga y demasiado amplia, ya que no definen claramente la actividad delictiva que pretenden sancionar”, por lo que resulta “imposible la invocación de base legal para justificar la detención del Sr. Castillo”.

Maykel Osorbo muestra las esposas policiales luego de liberarse de una detención arbitraria con la ayuda de la comunidad de San Isidro en La Habana el pasado domingo 4 de abril.
Maykel Osorbo muestra las esposas policiales luego de liberarse de una detención arbitraria con la ayuda de la comunidad de San Isidro en La Habana el pasado domingo 4 de abril.

Asimismo, los agentes que ejecutaron el arresto no habrían presentado orden de captura alguna, ni informaron a Maykel Osorbo “los motivos de su arresto cuando este fue ejecutado”, y “tampoco hay registro de que esta orden de detención preventiva haya sido sujeta a control judicial”.

Tras el análisis de dichas circunstancias, el Grupo de Trabajo se mostró convencido de que el rapero cubano “ha sido perseguido y detenido arbitrariamente por ejercer sus derechos fundamentales a la libertad de opinión, expresión, reunión, asociación y participación, garantizados en los artículos 19 a 21 de la Declaración Universal”.

Antes de consignarse que el detenido permaneció “sin la posibilidad de ser asesorado legalmente ni preparar su defensa por tres meses [hasta el 13 de agosto de 2021, cuando lo visitó su abogado, quien por otro lado “pertenece a un Bufete Colectivo, dependiente del Ministerio de Justicia y controlado por el Gobierno”], lo que, por supuesto, “contraviene los estándares internacionales de protección contra la detención arbitraria”, en el propio texto “se recuerda el acoso policial que ha sufrido el Sr. Castillo, de modo sistemático e ininterrumpido, sin que exista la comisión previa de un presunto delito”.

Y seguidamente se lee: “Las acusaciones surgen sólo luego de que el Sr. Castillo ha sido sujeto de actos policiales violatorios de derechos humanos”.

El Grupo de Trabajo expresa además “su más profunda preocupación por los informes que ha recibidos sobre el hostigamiento, intimidación, amenazas y detenciones a las que ha sido sometido el Sr. Castillo”; hechos que, apunta, el Gobierno cubano ha negado sin, no obstante, proporcionar “prueba alguna que los desvirtúe”.

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Según la citada instancia de la ONU, analizado el caso y las alegaciones de las partes, “no habría lugar para un juicio penal”.

Maykel Castillo, rapero y activista cubano. ANAMELY RAMOS
Maykel Castillo, rapero y activista cubano. ANAMELY RAMOS

Aun cuando el Gobierno de Cuba ha sostenido que “el proceso contra el Sr Castillo respetó plenamente las garantías procesales de Constitución y las leyes, […] no ha proporcionado sustento alguno para respaldar sus afirmaciones”, indica la comunicación de el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria. De hecho, se anota, también le fue denegado a Maykel Osorbo el Habeas Corpus, sin que se haya tomado en cuenta que “este constituye un derecho humano autónomo”.

“Al Sr. Castillo”, concluye igualmente el Grupo de Trabajo, “se le negó la asistencia jurídica de su propia elección y, por ende, el derecho a impugnar la legalidad de la detención”, en violación de “su derecho a un recurso efectivo en virtud del artículo 8 de la Declaración Universal”.

Insistió el órgano internacional en que la Fiscalía cubana “no puede considerarse una autoridad judicial independiente e imparcial a los efectos del artículo 10 de la Declaración Universal”. Y se extendió al respecto: “Este órgano cumple con la función de investigación y acusación, esencial para la justicia, pero incompatible con el poder de decidir de forma independiente e imparcial sobre los méritos legales para la privación de libertad”.

Las violaciones al debido proceso –incluida la estancia en prisión por “un tiempo excesivo, inclusive antes de su presentación ante un Tribunal”– configuran también la arbitrariedad de la detención del “activista social y defensor de derechos humanos”.

“Adicionalmente, el Grupo de Trabajo ha sido convencido de que la privación de libertad del Sr. Castillo, se ha producido en un contexto de persecución y detenciones sistemáticas en contra de él y otras personas que han sido identificadas como opositoras al Gobierno”, señala el documento. “La forma en que se ha detenido al Sr. Castillo se enmarca, dado el patrón de persecución y acoso, y la falta de garantías procesales, en una situación de discriminación por su posición política y sus actividades en el área de derechos humanos”.

Maykel Osorbo durante huelga de hambre y sed en la sede del Movimiento San Isidro, La Habana Vieja; noviembre de 2020.
Maykel Osorbo durante huelga de hambre y sed en la sede del Movimiento San Isidro, La Habana Vieja; noviembre de 2020.

Realizado un examen completo del caso, la entidad subordinada al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, solicitó a las autoridades de la isla que se adopten “las medidas necesarias para remediar la situación de Maykel Castillo Pérez sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes”. Del mismo modo, requirió que “los actos de intimidación […] terminen y que se lleve a cabo una investigación imparcial y efectiva sobre estos y que los responsables sean llevados ante la justicia”.

Lo anterior, según se especifica en el texto, implica que el integrante del Movimiento San Isidro sea puesto “inmediatamente en libertad” y que se le conceda “el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional”.

Por último, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria remitió el caso, atendiendo a su multidimensionalidad, “al Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, al Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados y a la Relatora Especial sobre los Derechos Culturales”.

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