Condenan a nueve y cinco años de prisión a los artistas disidentes cubanos Maykel Osorbo y Luis Manuel Otero

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Maykel Osorbo y Luis Manuel Otero / Carteles de Julio López Casal (IMÁGENES Vía Facebook)
Maykel Osorbo y Luis Manuel Otero / Carteles de Julio López Casal (IMÁGENES Vía Facebook)

Los artistas y disidentes políticos Maykel Osorbo Castillo Pérez y Luis Manuel Otero Alcántara fueron condenados, respectivamente, a nueve y cinco años de privación de libertad por un tribunal cubano que los juzgó, tras muchos meses en prisión preventiva, por los delitos de “ultraje a los símbolos de la patria, desacato, difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires, atentado, resistencia y desórdenes públicos”.

Así lo dio a conocer este viernes 24 de junio la web oficial de la Fiscalía General de la República (FGR), que también se refirió a las sentencias contra “los acusados” Félix Roque Delgado (cinco años, por “desacato”), Juslid Justiz Lazo (tres) y Reina Sierra Duvergel (tres). En estos dos últimos casos las penas de cárcel por “un delito de atentado” fueron sustituidas “por igual período de trabajo correccional sin internamiento”.

Dichos ciudadanos, junto a los dos conocidos miembros del independiente Movimiento San Isidro (MSI), fueron enjuiciados los días 30 y 31 de mayo último durante la vista oral de la Causa No. 12/2022.

“En el día de hoy, el Tribunal notificó la sentencia a la Fiscalía, en la que valoró las pruebas practicadas y arribó a la convicción sobre los hechos probados en la vista oral y su lesividad social, determinó la responsabilidad de los enjuiciados, así como la postura asumida y los actos realizados por cada uno”, se lee en el comunicado de la FGR, que a continuación detalló las causas de Otero y Castillo, dos de las figuras más prominentes de la nueva oposición cubana.

Según el informe, la propia instancia judicial argumentó, en el caso del artista visual Luis Manuel Otero, “el ánimo expreso, sostenido en el tiempo, de ofender a la bandera nacional, mediante la publicación de fotos en redes sociales donde se le utiliza en actos denigrantes, acompañados de expresiones notoriamente ofensivas e irrespetuosas, menospreciando los sentimientos de nacionalidad y orgullo que le profesa el pueblo cubano a nuestra enseña patria”.

El tribunal habría razonado asimismo que el rapero Maykel Osorbo –ganador en 2021 de dos Latin Grammy por el tema contestatario “Patria y Vida”— “con el propósito manifiesto de ultrajar, afectar el honor y la dignidad de las máximas autoridades del país, utilizó imágenes falsas de estos manipuladas digitalmente, que hizo públicas en las redes sociales”. Y agrega que “con igual fin realizó intervenciones directas desde su perfil personal para deshonrar la función que cumplen los agentes del orden en la sociedad, las que comprometieron la convivencia social y colectiva y entrañan una afrenta hacia los mismos”.

“Igualmente”, prosigue la nota de la FGR, “estimó probadas las acciones violentas realizadas por Castillo Pérez, Roque Delgado, Justiz Lazo y Sierra Duvergel, contra dos agentes del orden, a uno de los cuales golpearon, frustrando la detención del primero de estos; así como los actos ejecutados por Otero Alcántara y Castillo Pérez al provocar una aglomeración de personas que ocuparon la vía pública e insultaron a las autoridades; todo lo cual amplificaron en perfiles, sitios, canales y publicaciones realizadas en plataformas digitales existentes en las redes sociales”.

De tal manera, la justicia cubana consideró a Otero Alcántara como “autor de los delitos de ultraje a los símbolos de la patria, desacato y desórdenes públicos”, y a Castillo Pérez, de “los delitos de desacato, atentado, desórdenes públicos y difamación de las instituciones y organizaciones, héroes y mártires”.

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La Fiscalía advierte sobre el final de su comunicación que tanto la parte acusadora como los condenados tienen ahora “el derecho a establecer recurso de apelación”.

En ambos casos las decisiones del tribunal se acercaron notablemente a las peticiones fiscales, que eran de siete (Otero Alcántara) y diez años (Maykel Osorbo). De acuerdo con el jurista cubano Eloy Viera Cañive, tales solicitudes penales contra los artistas demostraban ya “la decisión del gobierno cubano de aprovechar la ola represiva profundizada después del 11-J para legitimar la prisión a quienes habían decidido no judicializar”.

Las sentencias conocidas este viernes se enmarcan en el contexto de los juicios –con penas ampliamente consideradas desproporcionadas y ejemplarizantes– contra cientos de manifestantes, incluidos menores de edad, del inédito estallido social ocurrido el 11 de julio de 2021.

Según reportes de prensa, la vista oral de fines de mayo fue celebrada a puertas cerradas; apenas con la asistencia de un número mínimo de familiares de los encausados, pero sin acceso de los medios internacionales acreditados en La Habana ni de los diplomáticos de naciones como Alemania, Suecia, República Checa, Holanda, Noruega o el Reino Unido que intentaron personarse en la sala.

Maykel Osorbo ha estado encarcelado desde el 18 mayo del año anterior, mientras que Otero Alcántara ha permanecido tras las rejas desde, justamente, el 11-J. Ambos son considerados presos de conciencia por Amnistía Internacional.

Durante meses, activistas, intelectuales y artistas cubanos y extranjeros, así como varias organizaciones internacionales, han denunciado sus respectivas situaciones mediante cartas abiertas y otras iniciativas.

Por su parte, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas consideró, en la “Opinión núm. 63/2021”, que la reclusión de Maykel Osorbo resultaba, en efecto, “arbitraria”.

Tras un examen del caso, la entidad adscrita al Consejo de Derechos Humanos de la ONU solicitó meses atrás la adopción de “las medidas necesarias para remediar la situación de Maykel Castillo Pérez sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes”. Del mismo modo, exigió a las autoridades cubanas que “los actos de intimidación […] terminen y que se lleve a cabo una investigación imparcial y efectiva sobre estos y que los responsables sean llevados ante la justicia”.

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